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Factura Electrónica Uruguay

DGI – Plazos y Cronograma de incorporación a la Factura Electrónica

¿Qué empresas están obligadas a postularse a la facturación electrónica en 2024?

¿Qué empresas están obligadas a postularse a la facturación electrónica en 2024?

El 17 de noviembre de 2023, la DGI publicó la Resolución 2389/2023, donde estableció una universalización del régimen de facturación electrónica y el 30 de noviembre publicó otra resolución (Resolución 2548/2023) donde prorrogó los plazos, quedando configurados de la siguiente forma:

  • Todos los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), incluso quienes tributen IVA mínimo, inscriptos o quienes reinicien actividades deberán ser emisores electrónicos antes del 1º de enero de 2025.

Excepciones

a) los contribuyentes que desarrollen exclusivamente actividades agropecuarias y obtengan en el ejercicio ingresos inferiores a UI 4.000.000 (cuatro millones de unidades indexadas) valuadas a la cotización del último día del ejercicio fiscal correspondiente,

b) quienes realicen exclusivamente los actos gravados a que refiere el literal D) del artículo 2° del Título 10 del Texto Ordenado 1996 (agregación de valor en la construcción sobre inmuebles),

c) los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de los No Residentes,

d) los contribuyentes exonerados de impuestos administrados por la DGI por todas sus operaciones, excepto los usuarios directos e indirectos de zona franca,

e) los contribuyentes del Monotributo, del Monotributo Social Mides y del Aporte Social Único de PPL.

Las empresas rurales que superen el tope de 4 millones de UI, deberán adquirir la calidad de emisor electrónico a partir del primer día del quinto mes posterior al cierre del ejercicio en que se produzca tal hecho. Para el ejercicio 2022/2023, se corresponde a ventas superiores a USD 621.770.

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