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Factura Electrónica Uruguay

DGI – Plazos y Cronograma de incorporación a la Factura Electrónica

La DGI estableció un calendario preceptivo de incorporación a los que les ha realizado algunas modificaciones a largo del tiempo. En la siguiente tabla, están marcados los plazos de postulación de acuerdo a la facturación anual de la empresa.

¿Quiénes deben postularse a facturación electrónica en el 2022 en forma obligatoria?

Una pregunta frecuente de las empresas es saber cuándo están obligados a postularse a la facturación electrónica. La DGI estableció un calendario preceptivo de incorporación a los que les ha realizado algunas modificaciones a largo del tiempo. En la siguiente tabla, están marcados los plazos de postulación de acuerdo a la facturación anual de la empresa.

Deben considerarse las ventas netas del ejercicio, es decir, total de ventas sin IVA. En la tabla se consideró la UI del primer día del año civil del ejercicio y la columna «Mensual» es una indicación, el tope a considerar son las ventas anuales.

Año Civil del cierre del Ejercicio Ventas en UI (anual) Ventas en Pesos (anual) Ejemplo mensual en Pesos Fecha límite de postulación
2016 Más de 7:000.000 22:701.700 1/6/2017
2016 Más de 4:000.000 12:972.400 1/12/2017
2017 Más de 2:500.000 8:769.750 1/6/2018
2017 Más de 1:500.000 5:261.850 1/12/2018
2018 Más de 750.000 2:795.925 1/6/2019
2018 Más de 305.000 1:137.009 1/12/2019
2019
Primer semestre
Más de 305.000 1:228.388 102.366 01/02/2020
2019
Segundo semestre
Más de 305.000 1:228.388 102.366 01/12/2020
2020
Primer semestre
Más de 305.000 1:331.600 110.967 01/02/2021
2020
Segundo semestre
Más de 305.000 1:331.600 110.967 01/08/2021
2021
Primer semestre
Más de 305.000 1:459.425 121.619 01/02/2022
2021
Segundo semestre
Más de 305.000 1:459.425 121.619 01/08/2022
2022
Primer semestre
Más de 305.000 1:574.166 131.181 01/02/2023
2022
Segundo semestre
Más de 305.000 1:574.166 131.181 01/08/2023

Prórrogas: Hasta el 1º de junio de 2018, los contribuyentes con actividad actividad agropecuaria con ventas del 2016 entre 4: de UI y 15: de UI. En pesos sería entre 12.972.400 y 48.646.500 (Resolución DGI N° 3540/2017). La Resolución Nº 987/2020 prorrogó la fecha límite de postulación del 01/08/2020 al 01/12/2020.

Exoneraciones: Se exceptúa de la obligación establecida en la Resolución Nº 3012/2015 en relación al régimen de CFE, a los contribuyentes que desarrollen exclusivamente actividades agropecuarias, y obtengan ingresos en el ejercicio, inferiores a UI 4.000.000.

Rurales: si las ventas del ejercicio 20/21 superaron los $19.140.000 (U$S 435.000 aprox), debe postularse antes del 01/02/2022.

Obligatoriedad: Para las empresas que no han pasado los límites de facturación establecidos, no es obligatoria la inclusión en el régimen de facturación electrónica.

Fuentes: Elaboración propia en base a DGI. Resolución DGI N° 3012/2015. Resoluciones relativas a contribuyentes del agropecuario. ¿Quiénes están obligados a postularse en el 2020? (DGI).

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